Si debes más de 5.000 € a dos o más acreedores, la Ley de Segunda Oportunidad puede ser tu salida. Analizamos tu caso sin coste, sin letra pequeña y sin ningún compromiso.
Estudio gratuito · Datos confidenciales (RGPD) · Te llamamos en menos de 24 h
Un abogado del despacho lo revisa y te llama en menos de 24 horas. Sin coste, sin compromiso y sin letra pequeña.
Tus datos se tratan de forma confidencial conforme al RGPD y se usan únicamente para valorar tu caso y contactarte. Esta valoración inicial es gratuita y no constituye asesoramiento jurídico hasta que un abogado revise tu documentación.
Cifras verificables y actualizadas periódicamente.
Reseñas publicadas en nuestro perfil de Google. Reproducimos el texto íntegro y omitimos los nombres por protección de datos.
Excelente experiencia con Distrito Legal. Me ayudaron a resolver una situación legal compleja que tenía muy preocupada. Desde el primer momento, el equipo demostró gran profesionalidad y conocimiento del tema.
Muy recomendable para cualquiera que necesite asesoramiento legal serio y de confianza. Totalmente satisfecha con el servicio.
Quiero expresar mi más sentido agradecimiento a estos grandes profesionales, desde la primera persona que me atendió, Montserrat, una mujer cercana que supo explicarme los pasos que seguiríamos para solucionar lo que me tenía semanas sin dormir, hasta todo un pedazo de profesional como Pol, que me supo solucionar la situación y conseguir mi exoneración de todas las deudas.
Desde hace unos días, que me dio la gran noticia de que ganamos, ya soy plenamente feliz. Gracias por vuestro trabajo diario y por conseguir que muchas personas como yo puedan empezar una nueva vida. Sois unas excelentes personas y grandes profesionales, y un placer haberos conocido. Recomendables 100%.
Elige el área que más se parezca a tu situación.
Cancelación legal de la deuda insatisfecha ante el juzgado, con salida de los ficheros de morosos.
Cuando la exoneración total no procede, negociamos un plan realista y por escrito con cada acreedor.
Estudio de la vivienda habitual y de la hipoteca para intentar conservarla dentro del procedimiento.
Suelo hipotecario, gastos de constitución, comisiones de apertura y otras cláusulas declaradas nulas.
Revisión de novaciones y refinanciaciones que multiplicaron tu deuda sin explicártelo con claridad.
Baja de ASNEF, RAI, CIRBE y otros ficheros de morosidad cuando la inclusión es improcedente.
Reclamación de TAE desproporcionadas en tarjetas revolving y créditos al consumo.
Si pagas la cuota mínima cada mes y el capital no se mueve, hay motivos para revisar el contrato.
Cuando el interés se declara usurario, procede devolver todo lo abonado por encima del capital.
Aplazamientos, fraccionamientos y los límites de exoneración que la ley permite en deuda pública.
Especialmente relevante para autónomos con cuotas acumuladas y recargos de apremio.
Solicitud de paralización de embargos de nómina y cuentas mientras el proceso está abierto.
Sin sorpresas. Te explicamos cada fase antes de que ocurra.
Analizamos tu situación completa: importe, tipo de deuda, acreedores, bienes e ingresos. Con esos datos te decimos con claridad si cumples los requisitos de la ley. Si no, te lo decimos igual.
Te damos una lista clara y sencilla de los documentos necesarios: nóminas, contratos, listado de deudas y escrituras si las tienes. Te acompañamos en cada paso para que no te pierdas en papeleo.
Presentamos la solicitud y, cuando procede, pedimos la paralización de embargos y reclamaciones. Un abogado del despacho lleva la defensa ante el juzgado, con presencia en tribunales de toda España.
Si el juzgado estima la solicitud, la deuda alcanzada por la exoneración desaparece y se solicita la baja en los ficheros de morosidad. Recuperas la capacidad de abrir cuentas, alquilar o pedir financiación.
El mercado de la deuda en España tiene un problema serio: despachos que cobran mensualidades indefinidas y prometen resultados que nadie puede garantizar. Nuestro trabajo también es protegerte de eso.
Cobrar un porcentaje del importe exonerado convierte tu deuda en su facturación. Pide siempre el honorario en euros, cerrado y por escrito.
Si el contrato no dice cuántas cuotas son y cuándo termina, no está cerrado. Exige el número total de pagos por escrito antes de firmar.
Nadie puede garantizar la decisión de un juez. Quien te la garantiza, o no conoce el procedimiento o no está siendo sincero contigo.
Un despacho serio nunca te presiona. Si en la primera llamada ya te están pidiendo una transferencia, cuelga.
Honorarios cerrados por escrito, abogado colegiado asignado a tu caso y una primera valoración sin coste ni compromiso. Si tu caso no es viable, te lo decimos en la primera llamada.
Conocerlos no te da la razón: te la quita al banco. La mayoría de personas que atendemos han cometido al menos uno.
Sustituyes una deuda barata por otra mucho más cara. Es el camino más rápido al sobreendeudamiento.
Muchas refinanciaciones amplían el plazo y disparan el coste total de la deuda.
No responder a un requerimiento judicial tiene consecuencias automáticas: pierdes la posibilidad de defenderte.
Con cuotas mínimas, el capital apenas baja y puedes pasar años sin reducir la deuda real.
Puede interpretarse como un acto en fraude de acreedores y hacer que pierdas la condición de buena fe.
Hay plazos. Dejar pasar el tiempo puede hacer que pierdas cantidades que te corresponden.
No es automático. Hay supuestos en los que la vivienda puede conservarse, pero hay que plantearlo bien desde el inicio.
Un error u omisión en el inventario puede tumbar el procedimiento entero más adelante.
Cuanto antes se inicie el proceso, más herramientas legales hay disponibles. El tiempo juega en contra.
Los departamentos de recobro trabajan con objetivos internos. Sin conocer el margen legal, aceptas lo primero que te ofrecen.
Xavi Abat. Abogado, profesor de derecho y divulgador jurídico desde 1999, con más de 1,5 millones de seguidores en redes sociales.
Está al frente del Equipo de Reclamaciones de Distrito | Legal, con amplia experiencia trabajando en tribunales de toda España. Resultados comprobados y el conocimiento detallado para construir argumentos sólidos para tu caso.
Nada. La primera valoración es gratuita y sin compromiso: revisamos tu situación y te decimos si tu caso es viable. Si decides seguir, los honorarios se acuerdan por escrito antes de empezar, con importe cerrado.
No hay una respuesta única: depende del valor del inmueble, del importe pendiente de hipoteca y de tu capacidad de pago. En bastantes casos la vivienda puede conservarse, pero hay que plantearlo correctamente desde el inicio del procedimiento.
Depende del juzgado, del número de acreedores y de si hay oposición. Los plazos varían de forma notable entre partidos judiciales, así que preferimos darte una horquilla realista para tu caso concreto en la primera llamada en lugar de una cifra genérica.
La ley permite exonerar deuda pública, pero con límites cuantitativos y requisitos propios distintos de la deuda privada. Es uno de los puntos donde más conviene un análisis individual, porque el criterio ha cambiado con las reformas recientes.
Sí. La ley está pensada tanto para particulares como para empresarios individuales y autónomos, que suelen ser precisamente el perfil con deudas más diversas: proveedores, financieras, Seguridad Social y Hacienda a la vez.
Cuando la deuda queda exonerada judicialmente, procede solicitar la baja en los ficheros de solvencia. No siempre es automático: en muchos casos hay que reclamarlo expresamente, y eso también lo gestionamos nosotros.
Atendemos casos en toda España. Rellena el formulario y te llamamos; también puedes escribirnos por la red que prefieras.
La ley te protege. Solo necesitas saber cómo usarla. El primer paso es gratuito.
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